dimecres, 21 de setembre del 2016

España tiene los mayores costes por despido de Europa


ABC.- La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre las indemnizaciones por despido entre trabajadores temporales y fijos ha abierto el debate normativo. Aun así, los costes de cesar a un empleado en España contrastan de forma evidente con los registrados en otros países del Viejo Continente.

La reforma laboral aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy en febrero de 2012 rebajó la indemnización por despido improcedente, que pasó de 45 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades a 33 días y 24 meses.

Hoy, nuestro país se mantiene a la cabeza de la Unión Europea en el coste de la extinción. La indemnización media en España es de 28 semanas de sueldo y de casi 22 en Alemania. En Irlanda son 21 semanas y de 17 en Portugal. En el Reino Unido, Francia y Luxemburgo se sitúa por encima de las ocho semanas.
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¿Hacia el contrato único?


Extracto de la sentencia

LIBRE MERCADO.- - ¿El fin del contrato temporal?: No. La sentencia en ningún caso dice que no pueda haber contratos temporales. De hecho, la famosa directiva a la que hace referencia es sobre contratos temporales. Lo que dice el TJUE es que las indemnizaciones tienen que ser las mismas.

- ¿Tiene sentido mantener un contrato temporal con la misma indemnización que un indefinido?: en el debate público español todo lo que tiene que ver con el mercado laboral acaba girando alrededor de la indemnización por despido. Pero hay otras razones por las que puede ser interesante para un empresario firmar un contrato temporal. Cuando sabe a ciencia cierta que la labor a desempeñar tiene un fin determinado (por ejemplo, el sector turístico en verano) tiene todo el sentido del mundo que fije una duración y que tanto empresa como trabajador tengan esa expectativa.

Pero hay algo más y también tiene que ver con las indemnizaciones. Si un empresario firma un contrato temporal de tres meses, cuando éste cumpla su término, incluso tras la sentencia, sólo tendrá que pagar los 20 días por año correspondientes al despido objetivo (es perfectamente comprensible que la llegada de la fecha pactada se interprete como una causa de despido objetivo). Si el contrato se firmara como indefinido (aunque en la cabeza del empresario estuviera que iba a durar sólo tres meses), en el momento de la rescisión la empresa se podría encontrar con una demanda para solicitar la consideración de improcedente (con indemnización a 33 días).

- ¿Encaja la sentencia con los pactos PSOE-C’s y PP-C’s?: pues parece que sí. Leyendo la sentencia todo apunta a que el TJUE nos está pidiendo un cambio legislativo que implique contrato único y que, si acaso, deje el contrato temporal con una indemnización diferente como una opción marginal que sólo se aplique a casos muy tasados. Éste es más o menos el esquema que aparecía en los pactos que Ciudadanos firmó con PSOE y PP. Por lo tanto, en teoría no debería haber demasiados problemas para que haya un cambio en esta dirección. Hay que recordar que lo que se proponía era un contrato indefinido por defecto que comenzara con una indemnización de 12 días y que fuera subiendo ese nivel según pasaba el tiempo para alcanzar finalmente los 20 días del contrato fijo (había pequeñas diferencias entre un pacto y otro, pero eran temas menores).

Eso sí, sería bastante importante que este nuevo contrato único, que ahora parece casi inevitable, fuera acompañado de una clarificación y simplifación de las causas de despido objetivo. Para que no ocurra como ahora, que cada despido por causas objetivas (20 días) tiene siempre sobrevolando el peligro de un recurso para buscar un juez que lo declare improcedente. El objetivo es doble: por un lado no encarecer aún más las nuevas contrataciones y limitar la enorme judicialización del mercado laboral español.

En cualquier caso, también es cierto que el contrato único no tiene un único modelo. Puede haber contrato único con una indemnización por defecto de 45 días (es lo que propone Podemos) o con una de 12 como los actuales temporales. En ambos casos, se cumpliría la sentencia del TJUE, pero las consecuencias económicas no serían las mismas.

- ¿Qué pasará?: pues depende de nuestros políticos. Lo lógico sería que, ya que tres de los cuatro grandes partidos han pactado entre sí un modelo muy similar y que encaja con lo que nos pide el TJUE, esto sea lo que se aprueba en la próxima reforma laboral. Pero lógica y política en España no siempre van de la mano.
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